Ordenanza N°32 Sobre protección y tenencia responsable de mascotas y animales de compañía

Finalmente se comienza a dar efectividad a la ordenanza N°32 Sobre protección y tenencia responsable de mascotas y animales de compañía de Ñuñoa.

parte de la 1era página del decreto 389 de tenencia responsable de Ñuñoa
Decreto N°389

Si bien esta ordenanza ya estaba promulgada desde el 18 de Marzo del año 2019 a través del Decreto N°389, había quedado atrás y no se estaba llevando a efecto hasta ahora.
Todo aporte por el bienestar animal es importante.
Hay muchos perros abandonados o que no viven de la mejor manera, lo cual claramente trae consigo problemas conductuales, que muchas veces son graves y complejos de tratar a nivel conductual.
Se puede acceder a la ordenanza N°32 completa a través del sitio web de la municipalidad de Ñuñoa, el cual dejo el link aquí ORDENANZAS MUNICIPALES DE ÑUÑOA.

Hay que tener claro y entender que los animales sienten y no son cosas que se pueden desechar cuando ya les molestan o que darán un estatus social sólo por tenerlo dentro de casa.

animales abandonados que se protegen entre ellos dentro de una casita
Animales abandonados que se protegen entre ellos


El decidir llevar un animal a vivir a la casa implica tener conciencia de que serán años de responsabilidad hacia él en lo que respeta a cuidados veterinarios, darle el ejercicio necesario diario dependiendo del animal, darle el espacio necesario, buena alimentación, preocuparse de su higiene y mantener limpio el lugar donde habita, trabajar la socialización y habituación al entorno, etc.

Para entrar más en detalle de como se llego a esta determinación de empezar a hacer la ordenanza N° 32 efectiva en Ñuñoa y algunos puntos que es importante tener presente, transcribo lo publicado el día 06 de Junio del 2022 por la Municipalidad de Ñuñoa.

reunión en la municipalidad de Ñuñoa con personal de carabineros y fiscalizadores de seguridad pública
Reunión en la Municipalidad de Ñuñoa

“A raíz del caso de maltrato a Cholita ocurrido en Ñuñoa el mes pasado, el Departamento de Bienestar Animal realizó una serie de capacitaciones sobre la tenencia responsable de mascotas a los fiscalizadores de la Dirección de Seguridad Pública y Carabineros de Ñuñoa con el objetivo de actualizar los conocimientos de la ley y saber cuándo y cómo fiscalizar en caso de denuncias.
La actividad se realizó en dos instancias, la primera el miércoles 25 de mayo y la segunda el viernes 03 de junio y asistieron más de 30 funcionarias y funcionarios municipales, además de cinco Carabineros de la 33º Comisaría de Ñuñoa. En la ocasión, se revisaron los servicios que realiza la Municipalidad y se capacitó sobre los artículos de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas que deben manejar la Dirección de Seguridad Pública y Carabineros a la hora de efectuar una fiscalización.

¡Sigue estos puntos y concientiza sobre la tenencia responsable de mascotas!
  • Los responsables de las mascotas, deben mantenerlas obligatoriamente al interior de sus domicilios.
  • Se prohíbe el abandono de animales, el cual será considerado maltrato y crueldad animal.
  • Los propietarios evitarán la salida de sus mascotas a la vía pública y mantendrán los cierres perimetrales  en condiciones seguras.
  • Todo responsable de una mascota responderá civilmente de los daños que causen estas.
  • Los propietarios de mascotas que transiten en la vía pública, deberán hacerlo dotados de collar o arnés y en caso que sean razas potencialmente peligrosas con un bozal.
  • Los propietarios o tenedores están obligados a la recolección de las heces, efectuando su correcta disposición.
  • Los propietarios o tenedores que por diversos motivos, deban cambiarse de viviendas, tendrán la obligación de llevarlos con ellos.
  • El responsable de una mascota, estará obligado a la adecuada identificación del mismo y su dueño y a su inscripción en el registro respectivo. 
  • Todo can que se encuentre suelto en espacios públicos, sin estar refrenado por algún medio de sujeción a su tenedor o responsable, será considerado un can callejero para los efectos legales, pudiendo ser recogido por funcionarios Municipales o personal del concesionario y conducido al Centro de Rescate Canino de la Municipalidad.
  • El can que fuese retirado desde la vía pública y no fuese reclamado por su dueño o tenedor dentro los 7 días corridos siguientes a su captura, podrá ser dado en adopción lo anterior será materializado mediante la respectiva acta de adopción proporcionada por la Municipalidad.
  • La fiscalización de las disposiciones contenidas en esta ordenanza corresponde a los Inspectores Municipales y Carabineros de Chile.ç
  • Las infracciones serán denunciadas al JPL y sancionadas con multa de 1 a 30 UTM, sin perjuicio de la aplicación en el código penal sobre maltrato animal, y otras similares, que serán de presidio menor en su grado mínimo y multa de 10 a 30 UTM.”
corazón lineal rojo con patitas de perritos que estan apoyandose en parte de esta linea



Agradecimientos a:
Begoña Quintero por el artículo emitido por la Municipalidad
Foto de perros y gatos creado por wirestock – www.freepik.es