Finalmente se comienza a dar efectividad a la ordenanza N°32 Sobre protección y tenencia responsable de mascotas y animales de compañía de Ñuñoa.

Si bien esta ordenanza ya estaba promulgada desde el 18 de Marzo del año 2019 a través del Decreto N°389, había quedado atrás y no se estaba llevando a efecto hasta ahora.
Todo aporte por el bienestar animal es importante.
Hay muchos perros abandonados o que no viven de la mejor manera, lo cual claramente trae consigo problemas conductuales, que muchas veces son graves y complejos de tratar a nivel conductual.
Se puede acceder a la ordenanza N°32 completa a través del sitio web de la municipalidad de Ñuñoa, el cual dejo el link aquí ORDENANZAS MUNICIPALES DE ÑUÑOA.
Hay que tener claro y entender que los animales sienten y no son cosas que se pueden desechar cuando ya les molestan o que darán un estatus social sólo por tenerlo dentro de casa.

El decidir llevar un animal a vivir a la casa implica tener conciencia de que serán años de responsabilidad hacia él en lo que respeta a cuidados veterinarios, darle el ejercicio necesario diario dependiendo del animal, darle el espacio necesario, buena alimentación, preocuparse de su higiene y mantener limpio el lugar donde habita, trabajar la socialización y habituación al entorno, etc.
Para entrar más en detalle de como se llego a esta determinación de empezar a hacer la ordenanza N° 32 efectiva en Ñuñoa y algunos puntos que es importante tener presente, transcribo lo publicado el día 06 de Junio del 2022 por la Municipalidad de Ñuñoa.

“A raíz del caso de maltrato a Cholita ocurrido en Ñuñoa el mes pasado, el Departamento de Bienestar Animal realizó una serie de capacitaciones sobre la tenencia responsable de mascotas a los fiscalizadores de la Dirección de Seguridad Pública y Carabineros de Ñuñoa con el objetivo de actualizar los conocimientos de la ley y saber cuándo y cómo fiscalizar en caso de denuncias.
La actividad se realizó en dos instancias, la primera el miércoles 25 de mayo y la segunda el viernes 03 de junio y asistieron más de 30 funcionarias y funcionarios municipales, además de cinco Carabineros de la 33º Comisaría de Ñuñoa. En la ocasión, se revisaron los servicios que realiza la Municipalidad y se capacitó sobre los artículos de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas que deben manejar la Dirección de Seguridad Pública y Carabineros a la hora de efectuar una fiscalización.
¡Sigue estos puntos y concientiza sobre la tenencia responsable de mascotas!
- Los responsables de las mascotas, deben mantenerlas obligatoriamente al interior de sus domicilios.
- Se prohíbe el abandono de animales, el cual será considerado maltrato y crueldad animal.
- Los propietarios evitarán la salida de sus mascotas a la vía pública y mantendrán los cierres perimetrales en condiciones seguras.
- Todo responsable de una mascota responderá civilmente de los daños que causen estas.
- Los propietarios de mascotas que transiten en la vía pública, deberán hacerlo dotados de collar o arnés y en caso que sean razas potencialmente peligrosas con un bozal.
- Los propietarios o tenedores están obligados a la recolección de las heces, efectuando su correcta disposición.
- Los propietarios o tenedores que por diversos motivos, deban cambiarse de viviendas, tendrán la obligación de llevarlos con ellos.
- El responsable de una mascota, estará obligado a la adecuada identificación del mismo y su dueño y a su inscripción en el registro respectivo.
- Todo can que se encuentre suelto en espacios públicos, sin estar refrenado por algún medio de sujeción a su tenedor o responsable, será considerado un can callejero para los efectos legales, pudiendo ser recogido por funcionarios Municipales o personal del concesionario y conducido al Centro de Rescate Canino de la Municipalidad.
- El can que fuese retirado desde la vía pública y no fuese reclamado por su dueño o tenedor dentro los 7 días corridos siguientes a su captura, podrá ser dado en adopción lo anterior será materializado mediante la respectiva acta de adopción proporcionada por la Municipalidad.
- La fiscalización de las disposiciones contenidas en esta ordenanza corresponde a los Inspectores Municipales y Carabineros de Chile.ç
- Las infracciones serán denunciadas al JPL y sancionadas con multa de 1 a 30 UTM, sin perjuicio de la aplicación en el código penal sobre maltrato animal, y otras similares, que serán de presidio menor en su grado mínimo y multa de 10 a 30 UTM.”

Agradecimientos a:
Begoña Quintero por el artículo emitido por la Municipalidad
Foto de perros y gatos creado por wirestock – www.freepik.es
